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viernes, 22 septiembre, 2023

Aerolínea condenada a pagar 30.000 euros por la caída de una pasajera al bajar del avión

Título: Aerolínea condenada a indemnizar a pasajera por caída al bajar del avión

El juzgado de lo Mercantil de Sevilla ha dictado sentencia en un caso en el que una pasajera resultó herida tras sufrir una caída al descender del avión en un vuelo desde Sevilla hacia Alicante. La aerolínea ha sido condenada a indemnizar a la pasajera con una suma de 30.792,93 euros.

Título: Accidente evitable

Según el abogado de la pasajera, el incidente tuvo lugar el 7 de febrero de 2020. La mujer, quien viajaba a Alicante para conocer a su nieto recién nacido, sufrió una caída por la escalera del avión. En el juicio, la pasajera logró demostrar que no hubo negligencia por su parte y que siguió todas las indicaciones al bajar de la aeronave.

Título: Condiciones peligrosas

La sentencia destaca que la escalerilla del avión presentaba una estructura estrecha y una pendiente pronunciada, contribuyendo así a la aparatosa caída de la pasajera. El accidente, según el tribunal, fue causado por factores externos a la voluntad de la mujer.

Título: Lesiones y complicaciones

A raíz de la caída, la pasajera sufrió graves lesiones que requirieron atención médica inmediata. Fue atendida en el aeropuerto de Alicante-Elche y luego trasladada al Hospital IMED de Elche, donde se realizó una operación de osteosíntesis en la pierna fracturada. Además, la mujer experimentó problemas como dolor crónico en la rodilla, restricciones en el movimiento y dos cirugías adicionales.

Título: Obligación de indemnización

El abogado menciona que se intentó llegar a un acuerdo extrajudicial con la aerolínea, pero no fue posible. De acuerdo con el Convenio de Montreal, el transportista es responsable de forma objetiva por las lesiones sufridas por un pasajero durante las operaciones de embarque y desembarque. El artículo 21 del convenio establece que si el daño no supera los 100.000 euros, el transportista no puede eximirse ni limitar su responsabilidad.

En resumen, el juzgado de lo Mercantil de Sevilla ha dictaminado que la aerolínea debe indemnizar a una pasajera por los daños sufridos tras caer al descender del avión. La sentencia destaca la falta de negligencia por parte de la pasajera y señala las condiciones peligrosas de la escalerilla del avión como causa del accidente. La mujer ha experimentado múltiples cirugías y complicaciones de salud como resultado de la caída. El convenio internacional establece la responsabilidad objetiva del transportista en estos casos y garantiza la compensación adecuada para los pasajeros afectados.

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