Los servicios sanitarios públicos es uno de los derechos comprendidos en la Seguridad Social, si bien pueden haber casos inusuales que den pie a posibles confusiones . Por esta razón, desde el perfil oficial de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han lanzado un mensaje dirigido a todos aquellos progenitores de personas menores de veintiseis años que, una vez que sus hijos hayan conseguido un alta individual para los servicios sanitarios en su respectivo trabajo, desean regresar a enmarcarse en el alta conjunta una vez dejan de trabajar y vuelven a estar a cargo de sus progenitores.
«‘Mi hijo menor de veintiseis años dejó de ser adjudicatario de mi Seguridad Social al empezar un trabajo, mas ya no trabaja‘.
Si prosigue conviviendo contigo y a tu cargo puede tener de nuevo derecho a la asistencia sanitaria como adjudicatario tuyo», han escrito en un tweet donde asimismo responden a otras dudas de los usuarios.
#Duda «Mi hijo menor de veintiseis años dejó de ser adjudicatario de mi Seguridad Social al comenzar un trabajo, mas ya no trabaja»
?Si continua conviviendo contigo y a tu cargo puede tener de nuevo derecho a la asistencia sanitaria como adjudicatario tuyo.— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) siete de febrero de dos mil veintidos
Guía para ‘nuevos’ adjudicatarios
Realmente, la Seguridad Social siempre y en todo momento garantiza el derecho a beneficiarse de los servicios públicos de Sanidad para los españoles. La única diferencia que se presenta en unos casos y otros es si el hijo aparece como adjudicatario o titular, esto es, si está integrado en una alta conjunta o esta es individual.
En el caso de parar de trabajar tras haberse ‘independizado’ de esta modalidad familiar, aquellas personas menores de veintiseis años que estén de nuevo al cargo de sus progenitores pueden pedir ser de nuevo adjudicatarios de exactamente los mismos a través de una serie de trámites. Tal y como aparece concretado en la guía que comparte el perfil de Twitter en cuestión en una de sus contestaciones, este proceso puede hacerse tanto presencial como telemáticamente.
Para aquellos usuarios que deseen mandar su petición desde casa, únicamente deben acceder a la pestañita ‘Tu Seguridad Social’ de la sede electrónica de tal sistema. Una vez allá, deben identificarse a través de un certificado digital, Cl@ve Pin o DNI electrónico y, ahora, cliquear sobre la opción ‘Volver a incluir a un adjudicatario precedente’. Además, se puede revisar el estado en el que se halla la persona demandante por medio de la herramienta ‘Asistencia Sanitaria Pública: comprobación del derecho’.